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Laminares en balcones: 4+4.2 frente a 4+4.1

En el proyecto de obra se plantea el empleo en los balcones de un vidrio 4+4.2 de dos butirales opacos blancos, ahora se nos propone sustituirlo por uno de 4+4.1 con un solo butiral opaco. Qué incidencia puede tener tanto en seguridad como en precio ya que no se propone una reducción del coste total.

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En el Documento de Apoyo al Documento Básico – DB-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad – Código Técnico de la Edificación (DA DB-SUA / 1 Clasificación de los vidrios según sus prestaciones frente a impacto y su forma de rotura según la norma UNE-EN 12600:2003 ), se explica en los primeros puntos como se clasifican los vidrios desde el punto de vista de la seguridad, como se hacen las pruebas de impacto, etc…

En el punto "4 Los parámetros “X(Y)Z” y su relación con el riesgo" se describen valores que han de figurar en las fichas técnicas de los vidrios.

En el punto 4.2 viene lo interesante para el tema que nos ocupa:

4.2 Diferencia de cota mayor o igual a 0,55 m

En vidrios en áreas con riesgo de impacto y con diferencia de cota a ambos lados mayor o igual a 0,55m, los riesgos que se pretenden limitar son los de corte y caída en caso de rotura del vidrio. Esto puede conseguirse con vidrios que no rompan o con vidrios que rompan pero cuyos fragmentos permanezcan unidos (como los laminados), pero no con vidrios que rompan en pequeños fragmentos.

Los valores de los parámetros “X(Y)Z” que aseguran que se cumple esta prestación son los siguientes:

        • Parámetro Y: debe ser B o C, véase apartado 3.2.
        • Parámetro Z: debe ser al menos 1 ó 2 en función de la diferencia de cota a ambos lados de la superficie acristalada de forma que el vidrio en el ensayo no rompa o rompa de acuerdo a unas condiciones de ensayo, véase apartado 3.1. En este caso lo importante es diferenciar la rotura como laminado por lo que el parámetro de referencia es el Z. Por tanto, el vidrio templado solo sería válido si no rompe a las alturas de ensayo correspondientes.
        • Parámetro X: dado que este parámetro admite la rotura como laminado o como templado y para este desnivel la exigida es la rotura como laminado, es irrelevante. Véase apartado 3.1.

En el punto 5 el ejemplo resulta esclarecedor:

5 Ejemplos

Un vidrio 1(C)3 sería válido para una zona con riesgo de impacto y desnivel menor a 55 cm. Los vidrios del tipo 2(B)2 ó 1(C)2 podrían utilizarse en zonas con desnivel entre 0,55 y 12 m. En zonas con desnivel superior a 12 m sería necesario utilizar vidrios tales como 1(C)1 ó 1(B)1.

Lo que aplicado a tu caso se traduce en que partiendo de que el butiral sea de un espesor de 0,38mm el vidrio laminar 4+4.1 tiene un nivel de seguridad 2(B)2, mientras que el 4+4.2 obtendría un nivel de seguridad 1(B)1. De modo que si esos balcones están por encima de 12 metros debieran ser 4+4.2 -> 1(B)1

Respecto al coste del material, al meter un butiral menos, evidentemente es menor, pero la diferencia es marginal, el grueso del precio viene del proceso del fabricación y del vidrio.

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